¿Qué son las Bonificaciones por personal y cómo se aplican?
Guía Completa 2024 sobre Bonificaciones por Personal Investigador en la Seguridad Social.
Las Bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social por personal investigador son un incentivo fiscal a la I+D+i, que impulsa la innovación, contratación y mantenimiento del empleo del personal investigador.
Estas bonificaciones están reguladas por el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio sobre bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador que establecen un ahorro del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes respecto al personal dedicado exclusivamente a labores de I+D+i.
Actualización sobre las bonificaciones personal investigador en las cuotas de la Seguridad:
Desde el 1 de septiembre de 2023, estas bonificaciones se rigen por el Real Decreto 1/2023, de 10 de enero, que modifica algunos requisitos del RD 475/2014. En este artículo de Ideos Consultores te explicamos:
- La normativa histórica y actual sobre bonificaciones.
- Las principales diferencias y nuevos requisitos.
- Ejemplos prácticos de aplicación.
- Preguntas frecuentes sobre bonificaciones para personal investigador.
Requisitos indispensables para su aplicación
Para poder aplicar este incentivo los trabajadores de la empresa deben cumplir las siguientes condiciones:
Bonificaciones antes del 1 de septiembre de 2023 (RD 475/2014)
Bajo el Real Decreto 475/2014, de 13 de junio, las empresas podían beneficiarse de un ahorro del 40% en las aportaciones empresariales a la Seguridad Social por personal investigador. Los requisitos principales eran:
- Dedicación mínima del 85% en actividades de I+D+i % (según se define en artículo 35 Ley Impuesto Sociedades).
- Pertenecer a los grupos de cotización 1, 2, 3 o 4 del Régimen General de la Seguridad Social. Aunque no es obligatorio, es recomendable que las personas que se apliquen esta bonificación no tengan el tipo de ocupación A (trabajadores exclusivos de oficina).
- Contrato indefinido, en prácticas o por obra/servicio (mínimo 3 meses). Este incentivo puede aplicarse en cualquier momento del contrato.
- Hasta un 15% del tiempo podía destinarse a formación o divulgación vinculada con I+D+i.
Ejemplo práctico: un investigador con contrato indefinido y dedicación de más del 85% de su tiempo en tareas en I+D+i; puede aplicar la bonificación del 40%.
Bonificaciones desde el 1 de septiembre de 2023 (RD 1/2023)
Con la entrada en vigor del Real Decreto 1/2023, de 10 de enero, las condiciones son las siguientes:
- Dedicación mínima del 85% en actividades de I+D+i % (según se define en artículo 35 Ley Impuesto Sociedades).
- Inclusión en los grupos de cotización 1, 2, 3 y 4.
- Solo nuevos contratos indefinidos (tipos 150, 250 o 350).
- La bonificación solo se inicia en el momento de la contratación o al cambiar el contrato a indefinido.
- Obligación de mantener contrato al menos 3 años. En caso de despido improcedente se deberá de devolver la bonificación más recargo.
- Duración máxima de la bonificación por un periodo de 3 años.
- Bonificación base de 40%, con un 5% adicional para mujeres o menores de 30 años, hasta 50% acumulado.
Ejemplo práctico: una mujer investigadora menor de 30 años contratada con un contrato indefinido puede bonificar hasta un 50% de las cuotas de Seguridad Social durante un máximo de 3 años.
¿Cómo se pueden aplicar estas Bonificaciones?
Existen dos tipos de procedimientos en función del número de trabajadores a bonificar:
- Bonificaciones de menos de 9 personas: la ley permite no certificar este tipo de bonificaciones lo que elimina los costes derivados de la certificación y auditorías posteriores. Esto no exime de la generación de documentación que pueda ser solicitada en futuras inspecciones.
- Bonificaciones de 10 personas o más: en este caso es necesario tramitar la certificación con una entidad acreditada por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) y la solicitud de un Informe Motivado Vinculante para aportar ante la Tesorería General de la Seguridad Social en un plazo máximo de seis meses desde la finalización del ejercicio fiscal en el que se han aplicado las bonificaciones.
Ventajas de la aplicación de las Bonificaciones
- La empresa puede disminuir el gasto de personal investigador de manera mensual y con aplicación directa.
- Compatibilidad con las deducciones fiscales por I+D+i para los mismos trabajadores, siempre y cuando la empresa cuente con el sello de “PYME Innovadora”.
En Ideos Consultores podemos ayudarte a gestionar y tramitar la obtención del Sello de PYME Innovadora. Para el resto de organizaciones, existe compatibilidad siempre que no se apliquen ambos incentivos sobre el mismo investigador.
A continuación, os mostramos un caso práctico del ahorro en función del número de trabajadores:
| Salario medio mensual | Base anual de contingencias comunes | S.S Contingencias Comunes 23,6% | Bonificación mensual 40% | Bonificación mensual 50% |
| 2.500€ | 30.000 € | 590 € | 236 € | 295 € |
| Personas a bonificar | 5 | 9 | 15 | 30 | 50 |
| Bonificación mensual | 1.180 € | 2.124 € | 3.540 € | 7.080 € | 11.800 € |
| Bonificación anual | 14.160 € | 25.488 € | 42.480 € | 84.960 € | 141.600 € |
Para poder aplicar este incentivo los trabajadores de la empresa deben cumplir las siguientes condiciones:
Tabla comparativa – Antes y Después:
| Aspecto | RD 475/2014 (Antes 01/09/2023) | RD 1/2023 (Después 01/09/2023) |
| Ahorro en cuotas | 40% | 40% (hasta 50% mujeres <30 años) |
| Tipo de contrato | Indefinido, prácticas, obra/servicio | Solo contratos indefinidos (150, 250, 350) |
| Duración bonificación | Mientras dure el contrato | Máx. 3 años |
| Inicio bonificación | En cualquier momento | Solo al contratar o hacer cambio de contrato a indefinido |
| Grupos de cotización | 1, 2, 3, 4 | 1, 2, 3, 4 |
| Dedicación mínima | 85% en I+D+i | 85% en I+D+i |
Preguntas frecuentes (FAQ):
¿Qué contratos pueden aplicar la bonificación?
Solo contratos indefinidos (150, 250 o 350), firmados a partir del 1 de septiembre de 2023.
¿Cuál es la duración máxima de la bonificación?
3 años, siempre que se cumplan los requisitos de mantenimiento.
¿Se puede bonificar a trabajadores menores de 30 años o mujeres?
Sí, se aplica un incremento del 5% adicional por cada condición, hasta un máximo del 50%. En el caso de cumplir más de 30 años durante el período bonificado se mantendrá el porcentaje de bonificación.
¿Qué dedicación mínima se requiere?
Al menos 85% del tiempo en actividades de I+D+i según la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Se acepta que un 15% de su tiempo lo dediquen a actividades de formación o divulgación, siempre y cuando, tengan relación con la I+D+i que ejecutan.
¿Qué ocurre si el trabajador deja la empresa antes de 3 años?
La empresa debe reintegrar las cantidades bonificadas en el caso de despido improcedente más recargo.
En IDEOS Consultores estamos especializados en gestionar las bonificaciones del personal investigador incluyendo la identificación del personal, generación de documentación y trámites con las entidades de certificación y la administración pública.
Para cualquier duda o consulta, puedes contactar con nosotros en info@ideosconsultores.es, y estudiaremos tu caso con un servicio de consultoría adaptado a tus necesidades.

Comentarios recientes